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Modifican
las normas del Residentado Médico
El pasado 2 de noviembre, el Gobierno
Peruano promulgó la Resolución
Suprema Nº 018-2004-SA, que establece
el nuevo Reglamento del Sistema Nacional
de Residentado Médico. Esta propuesta,
promovida por la Asociación Peruana
de Facultades de Medicina, el Instituto
de Desarrollo de Recursos Humanos y
el conjunto de instituciones del Comité
Nacional de Residentado Médico
- CONAREME, incorpora importantes modificaciones
al proceso de admisión y formación
de médicos especialistas en el
país, generando un sistema más
idóneo, equitativo y transparente.
Es importante anotar que estas normas
tendrán plena vigencia para el
proceso de admisión 2005 a los
programas de residentado médico
a nivel nacional.
Ver
Página web del Comité
Nacional de Residentado Médico
Ver
nuevo Reglamento del Sistema Nacional
de Residentado Médico
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17 de Abril del 2005: Examen de Residentado
Médico a nivel nacional
El día de hoy, el Comité
Nacional de Residentado Médico
aprobó el cronograma que regirá
los procesos de admisión a los
programas de segunda especialidad en medicina
humana a nivel nacional. Así, el
próximo 17 de Abril se realizará
en forma simultánea la prueba de
conocimientos en las 10 universidades
autorizadas por CONAREME para desarrollar
estos programas. En la actualidad el Comité
Nacional viene desarrollando el proceso
de evaluación y acreditación
de programas, con el fin de garantizar
el adecuado nivel académico en
la formación de médicos
especialistas.
Ver
Cronograma del Proceso de Admisión
2005
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CONAREME
aprueba las Disposiciones Complementarias
2005
En el marco de las atribuciones conferidas
por el Reglamento del Sistema Nacional
de Residentado Médico, el Comité
Nacional de Residentado Médico
aprobó las Disposiciones Complementarias
correspondientes al Proceso de Admisión
2005 a los programas de segunda especialidad.
Estas normas precisan alcances del Decreto
Supremo 008-88-SA y la propia Resolución
Suprema 018-2004-SA, en particular en
lo referido a la presentación
de documentos, la modalidad de postulación
y la calificación de los postulantes.
Ver
Disposiciones Complementarias 2005
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